sábado, 24 de setiembre de 2011

Alditus y sus huevadas no adolescentes

En su columna de hoy en el diario Correo, Aldo Mariátegui cuestiona los principios y preocupaciones de gran cantidad de alumnos de la PUCP e insulta a quienes tienen una postura distinta a la suya sobre el antiguo conflicto entre esta universidad y la Iglesia Católica, calificándolos de "otros aduviris" y asalariados, y a sus acciones como "huevadas adolescentes". 


Acusa también, esta vez al rector y demás autoridades de la PUCP, de callar sobre sus sueldos. Pero él no dice nada cuando se trata de hacer públicos -solo por una cuestión de pluralidad informativa y equilibrio periodístico- los millones que desembolsa mensualmente el Estado peruano para pagar la planilla de asignaciones que, desde inicios del primer gobierno de Fujimori, recibe el personal eclesiástico y civil al servicio de la Iglesia, dinero de las arcas del Estado y que se obtiene de los impuestos de todos los ciudadanos, seamos o no bautizados en pilas católicas. 

Además, deja de mencionar los múltiples beneficios que recibe la Iglesia que defiende al no pagar ni un solo tributo, entre otras "facilidades" que obtuvieron con la firma del Concordato, sellado cuatro días antes de que terminara la dictadura militar de Morales Bermúdez.

Por lo menos, Aldo, quienes acusas de hacer huevadas adolescentes lo son y luchan a su manera por su educación y su futuro, dentro de un orden constitucional libre de religiones oficiales. Sus familias y ellos mismos se privan de muchas cosas para pagar la educación que quieren recibir. Pero tú, un periodista que dirige un diario y sale cada semana en televisión, un referente para muchos estudiantes del país, haces huevadas -y peores- sin ser adolescente hace décadas.

A ver saca esto en tu diario y predica con el ejemplo:


ECONOMÍA Y FINANZAS

Modifican las referencias establecidas para fijar los montos de las asignaciones de personal eclesiástico y civil al servicio de la Iglesia


DECRETO SUPREMO Nº 146-91-EF


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:


Que, el Decreto Supremo Nº 275-89-EF del 23 de noviembre de 1989, estableció las referencias para fijar los montos de las asignaciones de personal eclesiástico y civil al servicio de la Iglesia;

Que, es justicia asegurar un tratamiento a tales asignaciones en armonía y con referencia al Decreto Supremo Nº 032-91-PCM del 30 de enero de 1991, en cumplimiento de la colaboración que por mandato de la Constitución Política, presta el Estado a la Iglesia Católica;

DECRETA:

Artículo 1.- Modifíquese las referencias establecidas en el Artículo 1 del Decreto Supremo Nº 275-89-EF, en la forma siguiente:

"a) Cardenal, Arzobispo Primado, equivalente al 100% del Monto Único de Remuneraciones Total de un Ministro de Estado.
b) Arzobispo, Arzobispo - Obispo, equivalente al 80% de la Remuneración Total de un Vice-ministro de Estado;
c) Obispo, Prelado, Vicario Apostólico, Obispo Secretario del Episcopado, equivalente al 60% de la Remuneración total de un Vice-Ministro de Estado;
d) Obispo Auxiliar, equivalente al 40% de la Remuneración Total de un Vice-Ministro de Estado
e) Vicario General, Auxiliar Delegado, Secretario Adjunto del Episcopado, Vicario Episcopal, equivalente al 20% de la Remuneración Total de un Vice-ministro de Estado.
f) Deán, Arcediano, Chantre, Maestrescuela Tesorero, Canónigo, Consejero, equivalente al 20% de la Remuneración Total de Director de Ministerio.
g) Otros cargos, equivalente al 10% de la Remuneración Total de Director de Ministerio.
h) Monaguillo, equivalente al 5% de la Remuneración Total de un Director de Ministerio".

Artículo 2.- La escala establecida en el artículo anterior se aplicará a partir del 01 de junio de 1991.

Artículo 3.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores, y por los Ministros de Justicia y de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de Junio de mil novecientos noventa y uno.

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI,
Presidente Constitucional de la República

CARLOS TORRES Y TORRES LARA,
Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores

AUGUSTO ANTONIOLI VASQUEZ,
Ministro de Trabajo y Promoción Social

CARLOS BOLOÑA BEHR,
Ministro de Justicia


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